viernes, 13 de marzo de 2009

Llego la hora de mi casamiento civil...¿Pero que debo hacer?


REQUISITOS PARA CASAMIENTO CIVIL



  • Certificaciones de partidas de nacimiento o fe de edad de los contrayentes, extendidas por el Registro Civil del lugar de nacimiento (que no excedan de tres meses de haber sido extendidas).

  • Cédulas de Vecindad en buen estado, que no estén emplasticadas las hojas de modificaciones.

  • Fotocopias claras y legibles de las Cédulas de Vecindad de los contrayentes (en caso de que uno de los contrayentes fuera menor de edad, deberá presentar fotocopias claras de Cédulas de Vecindad del padre o madre que tenga la patria potestad, o personas que tengan la tutela del menor de edad, o traer autorización debidamente firmada por un notario). Todas las personas antes indicadas deberán presentarse el día señalado para el matrimonio.

  • Certificado médico de ambos contrayentes, en el que conste que no padecen de enfermedades infecto-contagiosas incurables o defectos físicos para procrear. (no deberán presentarse certificado médico cuando los contrayentes ya han tenido relaciones de hecho, vivan juntos y/o tengan hijos.

  • En caso que ya tengan hijos deberán presentar certificado de partida de nacimiento de los mismos.
    Los contrayentes deberán presentar boleto de ornato.

  • Si uno o ambos contrayentes fuesen viudos o divorciados, deberán presentar certificación de nacimiento original reciente, en la cual conste el divorcio y/o defunción, según el caso, extendida por el registrador civil respectivo.

  • Llenar formulario de solicitud que deberán recoger en la oficina de matrimonios (en la oficina designada, en la municipalidad que corresponda)Con todos los requisitos y formalidades legales necesarios para autorizar el matrimonio y completada la papelería se fijará día y hora para celebrar el matrimonio civil en el Palacio Municipal.

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